ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent REGISTRO ADMINISTRATIVO CENTRALIZADO DE TÉCNICOS COMPETENTES PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
REGISTRO ADMINISTRATIVO CENTRALIZADO DE TÉCNICOS COMPETENTES PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
Secretaría

REGISTRO ADMINISTRATIVO CENTRALIZADO DE TÉCNICOS COMPETENTES PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS


Acreditación como Técnico Competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios


 

Con la entrada en vigor, el 23 de julio de 2026, del Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, se establece un nuevo sistema de acreditación para los Técnicos Competentes encargados de la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

 

1. Nuevo Registro Administrativo Centralizado


 

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha habilitado en su página web un apartado específico dedicado al Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

En este espacio pueden consultarse:

 

 

2. Procedimiento de acreditación


 

El MITECO ha habilitado en su Sede Electrónica el procedimiento denominado «Acreditación como Técnico Competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios». Mediante este procedimiento, los profesionales podrán presentar la declaración responsable necesaria para obtener la acreditación y ejercer esta actividad profesional.

 

 

3. ¿Quién puede utilizar este procedimiento?


 

El procedimiento estatal está disponible para los profesionales con domicilio fiscal en todas las comunidades autónomas, excepto:

 

Estas comunidades autónomas disponen de procedimientos de acreditación propios.

 

 

 

4. Obligatoriedad de la acreditación


 

Se recuerda que, desde el 23 de julio de 2026, es obligatorio estar previamente acreditado como Técnico Competente para poder ejercer esta actividad profesional y suscribir y presentar certificados de eficiencia energética de los edificios.

 

 

5. Acceso directo para Ingenieros Técnicos Industriales


Los profesionales que posean una titulación habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Técnico Industrial pueden acceder directamente a esta actividad sin necesidad de realizar módulos formativos adicionales.

 

 

6. Acceso al procedimiento


El procedimiento puede tramitarse a través de la siguiente dirección:

Sede Electrónica del MITECO
Procedimiento: Acreditación como Técnico Competente para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

 

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