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SUSPENSION DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS
Secretaría

SUSPENSION DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS


Suspensión de plazos administrativos

El 14 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (abre en nueva ventana), por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En su Disposición adicional tercera se determina la suspensión de plazos adminsitrativos.

Así mismo, en su Disposición adicional cuarta se determina la Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren.
Acuerdo en relación a la aplicación de la suspensión de términos y plazos administrativos en los procedimientos total o parcialmente tramitados por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos

En la sesión del Consejo de Gobierno celebrada el día 24 de marzo de 2020, se adopta el siguiente Acuerdo:

 

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